Historia > Edad Moderna

La jurisdicción de Redipollos

En la sección de la Edad Antigua mencionabamos que Camposolillo se separó con otros pueblos para formar la jurisdicción de Redipollos. Nos cuenta el Padre Casiano:

"Andando los tiempos se conoce, y no sé por qué, que parte de esta Jurisdicción (Peñamián) quiso tener gobierno aparte y no sujeta al señor obispo, y pidió al rey la compra de su libertad y privilegio. El rey Felipe II accedió, pero como en ello entraba la jurisdicción eclesiástica, tuvieron que pedir permiso a Roma para hacer esta disminución de los privilegios de la iglesia de León, y Gregorio XIII hizo la concesión el día 6 de abril de 1574. Después la hizo efectiva Felipe IV el año de 1629. El documento es como sigue: Es un libro forrado en pasta con pliegos de pergamino y en él consta que (en 1629) S. M. el rey Don Felipe IV, en virtud de Breve de Su Santidad Gregorio XIII, dado en San Pedro de Roma, el día seis de abril de 1574, dismembró de la Jurisdicción de Peñamián los lugares de Redipollos, Camposolillo, Sancibrián, Solle, Riero y Pallide, que componen esta jurisdicción de Redipollos, y las hizo villas de por sí, conjurisdicción civil y criminal, alta y baja, mero y mixto imperio, y les dio y vendió las penas de cámara, sangre, gastos de justicia, ganados mostrencos, mesteños y mastiniegos, y todas las demás rentas jurisdiccionales, con la calidad de que ninguna justicia pueda entrar en la dicha Jurisdicción de Redipollos, sino la que reside en la Real Chancillería de Valladolid, con todos los demás derechos y regalías y exenciones que usaban y tenían cuando eran de la jurisdicción de Peñamián. Y por el precio de cinco cuentos seiscientos y cincuenta mil setecientos maravedís, que por todo ello pagaron a Su Majestad los vecinos de esta Jurisdicción de Redipollos...".

La Virgen de Barbadillo

Tenemos constancia de que ya en la Edad Media se establecieron comunidades religiosas en la zona conocida como Vega Namón -al norte de Camposolillo-, las cuales fueron quedando deshabitadas conforme avanzaba la Reconquista. En siglos posteriores aún permanecian en pie dos ermitas:
  • San Lorenzo de Namón, que estaba al otro lado del río, entre Camposolillo, San Cibrián y Cofiñal.
  • Nuestra Señora de Barbadillo, en terreno mixto de Camposolillo, Armada y Utrero. Derrumbada la ermita, la imagen mariana románica fue llevada para Camposolillo; hoy no se sabe su paradero.
    En la sala de la parte baja del museo catedralicio, en el compartimento segundo, en la vitrina donde hay un espejo del siglo XVII, un misal leonés del XV, unas pinturas en cobres de San Francisco y el martirio de San Bartolomé, encima y a los lados, cuelgan dos imágenes de madera policromada que pertenecían a un sagrario procedente de Camposolillo; son de comienzos del sigio XVIII.
    Tenía
    una cofradía muy rica en fincas y ganado. Existía un cantar común en el Campo:
    Virgen de Barbadillo,
    Cara de rosa
    la tu linda vacada
    va por las Rozas.

    Más tarde, cuando se derrumbó la ermita, hubo discusión a cuenta de la imagen de la virgen. Según se contaba en Camposolillo, la Virgen no quiso irse para Armada ni para Utrero, sino para Camposolillo. De ahí los cantares:

    La Virgen de Barbadillo
    la llevan pa Utrero,
    y al pasar el puente
    dice ¡no quiero!
    la Virgen de Barbadillo
    la llevan pa Armada,
    al pasar el arroyo
    dice ¡no quiero nada!.

    Virgen de Barbadillo
    quién te dio el manto,
    las mocitas de Utrero,
    no las de Campo.
    Virgen de Barbadillo
    quién te dio la vela,
    las mocitas de Campo,
    no las de Utrero.

La comisión declarativa

Ante el juez subdelegado Don Juan de Reyero Coronel, prestan declaración juramentada para confeccionar el catastro de Camposolillo los regidores Juan de Vega y Miguel del Cardo, los peritos vecinos Manuel Fernández y Blas de Prado y el cura propio Don Gabriel Rodrigo Álvarez en fecha 10 de noviembre de 1752.

El interrogatorio general de las cuarenta preguntas con sus respectivas respuestas no se encuentran en el Archivo Histórico Provincial, pero sí se conserva en el Archivo General de Simancas en el Libro 336 en los folios 75 y siguientes, de donde se obtienen los siguientes datos:

  • Declaran que "Campo de Solillo" es Lugar de señorío del común en fuerza de privilegio y venta Real, de la jurisdicción de Redipollos del Puerto, y el escribano real da cuenta de la copia del documento en los autos de San Cibrián, con nombramiento de justicia y escribanos.
  • Manifiestan que el término de Campo de Solillo se tiende de oriente a poniente 1/4 de legua y de norte a mediodía 1/2 legua, y en redor 5/4 de legua. Confronta al oriente y mediodía con Armada, al poniente con Lillo y al norte con Río de Pollos (actual Redipollos)

 

Se sabe por el catastro del marqués de la Ensenada, de 1753, que el pueblo tenía "23 casas, 20 vecinos y tres viudas".
El censo
de 1849 decía que había 80 habitantes; el de 1876 arrojaba la cifra de 111 habitantes; en 1881, 90 habitantes.

En esta época está fechada la iglesia parroquial de Santo Tomás, cuyo primer registro parroquial data de 1862, y que tenía un cementerio cerca (el municipal, todavía en pie, fue construido en 1897).

La casa rectoral fue levantada en 1945 por Tomás Blanco. Tenía un huerto contiguo a la casa, de diez áreas de regadío.

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